Joint Ventures, Alianzas Estratégicas y Coinversiones

Autor: Lic. Rafael Giménez Camacho

Los acuerdos de Joint Ventures, Alianzas Estratégicas y Coinversiones son cada día mas populares debido a las grandes ventajas que brindan en la optimización de recursos en las empresas. La combinación de esfuerzos, recursos económicos y carácterísticas propias como conocimientos, aptitudes y recursos que cada empresa aporta a los propósitos de los acuerdos benefician a cumplir los objetivos de cada parte potenciando sus recursos, participando en otras áreas de mercado, acortando curvas de aprendizaje, logrando mayor presencia en sus mercados, entre otros y consecuentemente un beneficio en sus utilidades, sin comprometer la organización y el capital social de sus empresas.

1. INTRODUCCIÓN

Joint Ventures, Alianzas Estratégicas y Coinversiones

Los Joint Ventures, Alianzas Estratégicas y Coinversiones son tipos de Contratos que ha trascendido a ser también una expresión común en las mesas de negocios refiriéndose a que dos o mas empresas se pondrán de acuerdo para aportar una inversión para la producción conjunta de un producto o la prestación de un servicio que es el caso de la Coinversión y en el caso de las Alianzas Estratégicas las empresas contratantes aportan características con las que ya cuentan para unirlas y lograr un resultado.

Tratándose de la Legislación Mexicana la principal ventaja del Joint Venture es que las empresas pueden prácticamente celebrar cualquier pacto o convenio, ya que se trata de un contrato innominado al no estar regulado de manera particular y que encuentra su fundamento bajo el principio de la libre voluntad de las partes fundamentado en el Código de Comercio.

2. GENERALIDADES

Los Joint Venture pueden ser celebrados tanto por sociedades que no sean particularmente constituidas con un fin de lucro, como el caso de las Asociaciones Civiles y los Organismos no Gubernamentales, en cuyo caso aplicará la libre voluntad de las partes fundamentado en el Código Civil.

No obstante la versatilidad del Contrato de Joint Venture, su complejidad estriba en que son contratos que contienen diversos pactos y cada uno de ellos debe cumplir con su legislación aplicable, es así que por ejemplo: Tratándose de obligaciones, condiciones suspensivas y resolutorias, aplicará el Código Civil Federal; En el caso de licencias de patentes, marcas y derechos de autor deberá atender dicho pacto a las leyes de la materia de Propiedad Intelectual y tratándose de pactos de mandatos, depósitos o arrendamientos deberá atender a la regulación particular del Código de Comercio, para evitar que las Cláusulas sean inválidas y consecuentemente las obligaciones ineficaces para la exigencia de su cumplimiento.

A pesar de su popularidad no es tan común notar que un producto o servicio que esta consumiendo es resultado de un de Joint Venture, como sucede en el caso de las Franquicias, puesto que una de sus cláusulas esenciales es la confidencialidad a la que estan sujetas las empresas que lo celebran e inclusive sus trabajadores y funcionarios.

3. ADMINISTRACIÓN DE INGRESOS, GASTOS Y UTILIDADES

La clara administración de los gastos, ingresos y utilidades será fundamental para el cumplimiento de las partes del proyecto y los derechos que cada empresa pretenda recibir como resultado de la asociación entre ambas empresas.

Joint Venture Administración

Es importante considerar que cuanto más independientes sean ambas partes, mejor será el resultado esperado, lo cual resulta más fácil en el caso de Alianzas Estratégicas. No obstante, en contrataciones complejas, las partes pueden acordar que una reciba los ingresos y pague una suma de dinero a la otra, que puede ser un porcentaje o una cantidad fija durante el término de vigencia de los acuerdos.

Tratándose de Alianzas Estratégicas los gastos que se eroguen para el cumplimiento del proyecto serán por cuenta de cada empresa pues se trata de usar su propia infraestructura o derechos para el cumplimiento de sus obligaciones, en el caso de la Coinversión las partes podrán aperturar una cuenta bancaria en conjunto con el fin de que exista claridad en las cuentas y vigilancia de los gastos que se eroguen en cumplimiento de los acuerdos.

4. PROPIEDAD INTELECTUAL EN EL ACUERDO DE JOINT VENTURE

La Propiedad Intelectual tiene una función trascendente en los acuerdos de Joint Ventures, Alianzas Estratégicas y Coinversiones, los acuerdos dependerán del objeto y los propósitos de los acuerdos respetando las marcas, patentes, modelos industriales, diseños de utilidad, derechos de autor y por supuesto los secretos industriales tanto de los que les pertenezcan a cada empresa como los que se conformen del resultado del Joint Venture.

Joint Venture ingresos

En este mismo sentido del respeto a la propiedad intelectual de las partes, cada una se obligará a no registrar marcas ya registradas bajo la titularidad de su asociado. Asimismo, se comprometerán a no registrar marcas que den a entender al público consumidor que existe una asociación entre ambas, a menos que, como en el caso de los distribuidores autorizados, sean pertinentes y, por supuesto, consentidas por escrito por la otra parte.

En el caso de que como resultado de la asociación se generen nuevos derechos se deberán prever la participación patrimonial de cada una de ellas reflejado en un convenio de Reglas de Uso anexo que describa porcentajes patrimoniales, explotación comercial, licencias, transmisión de derechos, defensa, limitación de productos o servicios según sea el caso y cancelación voluntaria.

5. TÉRMINO DEL CONTRATO DE JOINT VENTURE

Por lo general, el primer término del Contrato de Joint Venture es corto porque se considera un periodo de prueba, es decir, al ser empresas distintas y a veces de distintos mercados, fijan un término para evaluar el funcionamiento de los acuerdos y así «Mantener la independencia entre ambas empresas es fundamental para lograr los resultados, limitar al fin del proyecto los acuerdos» para evitar riesgos, con metas fijas previstas en condiciones resolutorias. En caso de alcanzar estas metas, se amplía el término de su vigencia para que, posteriormente, en caso de éxito, los acuerdos se mantengan vigentes. Otra modalidad es que, al no cumplirse las metas descritas en el Contrato, éste se termine sin la necesidad de que las partes manifiesten su consentimiento o se requiera una sentencia judicial.

6. TRATAMIENTO LABORAL EN EL JOINT VENTURE

Por definición en la Alianza Estratégica cada empresa será responsable de la relación con sus trabajadores, y en ningún caso podrán contratar nuevos en representación de la otra parte, pues el Joint Venture no supone un mandato persé o una representación entre ellas, se debe respetar la independencia entre ambas.

Sin embargo, en la mayoría de los casos, cuando se trata de Coinversiones, generalmente las partes necesitarán hacer nuevas contrataciones. Ellas deberán acordar quién se encargará de la subordinación según las obligaciones de cada área y con ello, la responsabilidad de pagar las cargas sociales, ya sea compartidas o a cargo de una de las partes.

7. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN EL JOINT VENTURE

Es importante contar con un Contrato completo que refleje las intenciones de las partes y que describa los derechos y obligaciones de las empresas que lo conforman, como ya se dijo es un Contrato que no cuenta con una regulación específica y es por ello que es importante que el Contrato cuente con un glosario de términos con su respectivas definiciones que correspondan a los usos y costumbres del medio comercial para que pueda facilitar su interpretación ya sea para las partes tanto como para el caso de que en caso de controversia el árbitro o juzgador lo pueda interpretar debidamente.

En el caso de incumplimiento de alguna de las partes, se establece un plazo para que puedan subsanar dicha falta y, si persiste, generalmente se recurre al Centro de Arbitraje de México (CAM).

8. FIGURAS AFINES AL JOINT VENTURE

Los Contratos de Joint Venture principalmente se distinguen de las Sociedades Mercantiles (Sociedades Anónimas, Sociedades Anónimas Abiertas y Sociedades de Responsabilidad Limitada), en que los propósitos de las partes que la integran no siempre tienen un fin en común y su celebración no tiene como efecto el de dotarlo de personalidad jurídica, en algunos casos los pactos pueden consistir en la constitución de una sociedad en conjunto en cuyo caso aplicarán las reglas de la Ley General de Sociedades Mercantiles resultando el Joint Venture el marco en que se constituirá dicha sociedad principalmente en el caso de aportaciones presentes o futuras.

En el caso de las Asociaciones en Participación, ambos tipos carecen de una personalidad jurídica propia, razón o denominación social, pero se distinguen en que las partes no necesariamente tienen un fin común, sino que los resultados esperados pueden ser diversos. Además, en la Asociación en Participación, las partes suponen compartir las utilidades y pérdidas de la negociación, mientras que en el Joint Venture no necesariamente se calcularán o repartirán las utilidades y pérdidas conjuntamente.

9. TRATAMIENTO FISCAL EN EL JOINT VENTURE

Tratándose del tratamiento fiscal deberá atenderse al objeto del contrato y las partes del mismo, toda vez que pareciera que el Código Fiscal de la Federación no armoniza del todo con las leyes propias de la materia al redefinir el Contrato de Asociación en Participación como casuístico mas que por el tipo de contrato al establecer en el artículo 17-B que “se entenderá por Asociación en Participación al conjunto de personas que realicen actividades empresariales con motivo de la celebración de un convenio y siempre que las mismas, por disposición legal o del propio convenio, participen de las utilidades o de las pérdidas, derivadas de dicha actividad.”, es decir que le da el mismo tratamiento fiscal que una persona moral, no obstante como ya se dijo se deberá atender el objeto del Contrato y las partes que lo integran.

10. EJEMPLOS DE JOINT VENTURE

Los Contratos de Joint Venture pueden ser tan diversos como lo sean las intenciones de las empresas que lo integran y aunque hay cláusulas que son comunes en su contenido, también hay algunas que dependerán del objeto del mismo, para comprender en que pueden consistir podemos dar algunos ejemplos:

a)  Comercializar productos o servicios en el extranjero.

Las empresas extranjeras que desean incursionar en países distintos para internacionalizarse comunmente celebran Joint Ventures con empresas que cuentan con experiencia en los mercados en que desean incursionar, por lo que representa una ventaja inicial para acortar la curva de aprendizaje.

b) Permisos y Licencias.

Es posible compartir el aprovechamiento de permisos y licencias a pesar de que sus permisionarios y licenciatarios por regla general no puedan ceder estos derechos, pues el Joint Venture en este caso consistirá en poder solicitar un servicio determinado a quien tiene el permiso o la licencia, lo cual permitirá a la otra aprovechar esa ventaja sin la necesidad de sublicenciar ni tampoco ceder un permiso.

Tal es el caso de una empresa que cuenta con una certificación y la otra empresa con la acreditación del cliente, en cuyo caso el Joint Venture consistirá en la prestación de un servicio o producto por parte de la empresa qe cuenta con el permiso o licencia y la otra con la cartera de clientes o con el comprador que requiere la certificación, ambas empresas ganarán un cliente a futuro si mantienen la calidad y el precio debido.

c) Obras de Construcción.

Las construcciones suelen requerir de grandes inversiones para el desarrollo de sus obras e intervienen diversas empresas especializadas en distintas partes e inclusive el Joint Venture puede consistir en la aportación del predio por parte de una empresa y la aportación de la construcción por la otra, de este modo surge una coinversión entre ambas para la venta de la obra construida.

d) Comercialización de Patentes.

Las empresas investigadoras requieren del aprovechamiento de otra empresa con canales de distribución y que con experiencia pueda comercializar sus productos con retailers, cumpliendo en tiempo y forma la distribución de los productos para evitar penalizaciones. A la empresa investigadora le interesará mas descubrir nuevas patentes que comercializar sus productos si al final obtendrá una utilidad en las ventas. Para conocer ma acerca de patentes da click aquí: Propiedad Intelectual

Conclusión

En conclusión los acuerdos de Joint Ventures, Alianzas Estratégicas y Coinversiones son contratos asociativos que representan un recurso sumamente versátil para aprovechar las ventajas de otras empresas, así mismo sus acuerdos permiten prevenir posibles conflictos que puedan existir entre ambas, donde hay acuerdos no hay conflictos y estos pueden prevenirse en un Convenio claro y bien adaptado.

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Acerca del Autor: El Lic. Rafael Giménez Camacho es egresado de la Universidad Iberoamericana de la Ciudad de México y maestro en Derecho Mercantil por la Escuela Libre de Derecho, impartió durante cuatro años la materia de Derecho Mercantil y Derecho Procesal Mercantil en el Instituto Tecnológico de Estudios de Monterrey Campus Estado de México, ha impartido conferencias en los Congresos Internacionales de la Universidad Panamericana desde sus inicios, así como en otras universidades, fue nombrado en 2010 miembro honorario de Phi Delta Phi Capítulo Ignacio Burgoa y es continuamente consultado por diversos medios de comunicación masiva en publicaciones periódicas y medios de radio y televisión. Es socio fundador de Giménez & Asociados Abogados, SC firma en la que ha practicado desde hace veintiún años y es miembro del Consejo de Administración en diversas sociedades de gran importancia nacional.

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